¡Conoce los beneficios de la Ley de
Desarrollo Fronterizo!

Infórmate de los incentivos de la ley No. 12-21.
100% del pago de Impuestos Sobre la Renta.
100% del pago del lmpuesto Selectivo al Consumo, aplicable sobre los servicios de telecomunicaciones y seguros para las instalaciones del proyecto ubicado en la Zona Especial.
100% del pago de aranceles e ITBIS sobre las maquinarias y equipos objeto de importación o adquirida en el mercado local, según corresponda requeridos para la instalación y puesta en operación de la empresa.
100% del ITBIS para la adquisición e importación de insumos y materia prima utilizada en la producción de bienes exentos de ITBIS conforme a la legislación tributaria vigente.

Empresas aprobadas por la ley No. 12-21

Explora las provincias fronterizas y conoce su exponencial desarrollo. Haga clic en una locación.

Montecristi

Empresas aprobadas bajo la Ley No. 12-21
27
Inversión acumulada (RD$)
6,817,145,236
Inversión acumulada (USD$)
142,009,136
Empleo acumulado
5,849
Actividades Económica
Agricultura, Agroindustria, Manufactura de metales, Energía, Ganadería, Comercialización, Turismo

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¡Conoce los beneficios de la Ley de
Desarrollo Fronterizo!

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El objetivo de la ley 12-21 es promover la inversión privada, con facilidades de incentivos fiscales y creación de empleos en la zona fronteriza.
Las provincias que conforman la zona especial de desarrollo fronterizo son (7): Montecristi, Elías Piña, Dajabón, Santiago Rodríguez, Independencia, Pedernales y Bahoruco
Las empresas que estén constituidas bajo las leyes de la República Dominicana y tengan licito comercio.
En la frontera se encuentran empresas de distintos sectores productivos como son los siguientes:
Las exenciones fiscales otorgadas a las empresas tendrán un periodo de vigencia de (30) años a partir del inicio de sus operaciones.
Las sesiones del Consejo Nacional de Desarrollo Fronterizo se realizan aproximadamente cada 45 días.
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